En que consiste el Consenso Fiscal que Alberto firmo con todas las provincias y sin CABA
Posted On 23/01/2021
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Este viernes, el presidente Alberto Fernandez firmo elConsenso Fiscal 2020 con los gobernadores de 23 provincias en un acto que se llevo a cabo en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada con una notable ausencia: la de Horacio Rodriguez Larreta, el jefe de Gobierno porteño.
Este acuerdo, concertado luego del trabajo conjunto entre la Nacion y las provincias durante la pandemia del coronavirus, contempla aspectos relacionados con la coparticipacion y el esquema de las distintas jurisdicciones. Entre otros, prioriza los siguientes puntos:
- La Administracion Federal de Ingresos Publicos (AFIP) colaborara con los organismos provinciales de recaudacion tributaria para identificar la titularidad de bienes inmuebles y otros bienes registrables.
- Las provincias remitiran una vez al año a la AFIP la informacion sobre la titularidad de bienes inmuebles y otros bienes registrables y su valuacion, con corte al 31 de diciembre de cada año.
- Las provincias y la Nacion se comprometen a trabajar en un programa integral para la simplificacion y coordinacion tributaria federal.
- Se profundizarala adecuacion del funcionamiento de los regimenes de retencion, percepcion y recaudacion del impuesto sobre los ingresos brutos-convenio multilateral, de manera de respetar el limite territorial de la potestad tributaria de las jurisdicciones y evitar la generacion de saldos inadecuados o permanentes a favor del contribuyente.
- Las provincias respetaran las pautas generales que fijen los organismos del Convenio Multilateral en materia de regimenes de retencion, percepcion, recaudacion e informacion.
- En materia de endeudamiento responsable, a partir del 31 de diciembre y durante un año, las provincias no podran incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera respecto a los valores registrados a tal fecha.
- Quedan exceptuadas las lineas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de credito o con acreedores institucionales siempre que, estos ultimos, otorguen financiamiento de largo plazo con caracteristicas similares a los primeros, en terminos de repago y de destino de los fondos, entre otros.
- A partir del 31 de diciembre y durante un año, las operaciones de emision de Titulos Publicos, en moneda nacional de las provincias, cuyo vencimiento sea superior o igual a los 18 meses desde su emision, cuando los fondos obtenidos se destinen a financiar obras de infraestructura o a reestructuracion de servicios de deuda emitida con anterioridad al 31 de diciembre de 2020.
- En materia de procesos judiciales, se abstendran por un año de iniciar procesos judiciales, y suspender los ya iniciados, relativos al regimen de Coparticipacion Federal de Impuestos, a afectaciones especificas de recursos y transferencias de competencias, servicios o funciones, por hechos anteriores a la entrada en vigencia de este Consenso, con excepcion de aquellos que cuenten con sentencia firme.